Historia

cropped-fondo11.jpg

ESCUDO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DOMINICANA

El Escudo Nacional tiene sus orígenes en los momentos en que se libraban las primeras batallas que forjaron nuestra independencia de la República de Haití el 27 de febrero de 1844. Al referirse a él, la Constitución suscrita en San Cristóbal el 6 de noviembre de ese año, dice en su Artículo 195: “Las armas de la República Dominicana son: una Cruz, a cuyo pie está abierto el Libro de los Evangelios, y ambos sobresalen de entre un trofeo de armas, en que se ve el emblema de la libertad, enlazado con una cinta en que va la siguiente divisa: Dios, Patria y Libertad, República Dominicana”.

El diseño de las “Armas de la República”, que aparece en los primeros billetes dominicanos conocidos, tiene un trofeo que sigue el patrón establecido por el referido artículo constitucional y está compuesto por un trabuco y una espada a la izquierda del Libro de los Evangelios y una lanza y un fusil con bayoneta a su derecha. Debajo del libro presenta un gorro frigio como símbolo de la libertad, en tanto que la cruz del cristianismo está representada por la bandera nacional con sus colores en las posiciones originales (azul encima y rojo debajo), todo complementado por un uróboros o serpiente que se muerde la cola, en forma de arco por encima de la cruz, en señal de continuidad, no mencionado en la Constitución, dos ramas de laurel y dos banderas con las cintas que portan el nombre del país y el lema “Dios, Patria y Libertad”. Una versión de 1848 incluye un tambor y un cañón con sus municiones sobre un terreno cubierto de pastos.
Aunque las “Armas de la República” aparecieran en documentos oficiales de la época, la historia de nuestro escudo está íntimamente ligada a la del papel moneda que circuló en el país en sus primeros años. Es innegable

que el primer escudo propiamente dicho fue realizado en 1848 por la imprenta norteamericana Durand Baldwin & Co., de la ciudad de New York, para los billetes de uno y dos pesos nominales, equivalentes a cuarenta y ochenta centavos fuertes, respectivamente, que no llegaron a circular con sus denominaciones originales, por lo que algunas variantes del primer modelo de las “Armas de la República” continuaron utilizándose hasta el año 1853.

La viñeta central de los billetes impresos en 1848 está constituida por las “Armas de la República” con una parte sobre un escudo cuartelado tipo inglés; las cintas con las divisas “Dios, Patria y Libertad” y el nombre del país, debajo y encima del escudo, respectivamente; e incluye en sus trofeos el emblemático gorro frigio adoptado por la Revolución Francesa, que aparecería en la mayoría de las versiones del Escudo Nacional realizadas en el Siglo XIX. A sus lados se agregaron una rama de laurel y otra de palma.

Escudo Nacional

La reimpresión de los reversos de los billetes de 1848, que circularían con los nuevos valores de veinte y cuarenta pesos en 1853, establecería las bases fundamentales del Escudo Nacional a través del tiempo, ya que a partir de entonces todos sus modelos seguirían el patrón establecido en su viñeta central.

La elección del escudo que aparece en los billetes de 1848 para su uso en los documentos que lo requirieran no estuvo pautada por alguna reglamentación oficial, por lo que su diseño presentó innumerables variaciones, sin que un nuevo modelo significara la sustitución definitiva del anterior, y en la mayoría de los casos coincidieron en el tiempo, alternándose unos y otros. Asimismo, elementos como el uróboros y el gorro frigio tuvieron momentos en que no se incluyeron en el diseño y finalmente desaparecieron.

La falta de un criterio definido en el establecimiento de un modelo único para el Escudo Nacional llegó a uno de sus puntos álgidos cuando el Ayuntamiento de Santo Domingo puso en circulación billetes fraccionarios cuyos diseños presentaron escudos con variaciones manifiestas en el orden de las cintas que les complementan. Así quedó consignado en la sección de Notas Editoriales del Listín Diario del 2 de junio de 1899 (LD – No. 2598), bajo el título “El Escudo Nacional”, en consulta al historiador José Gabriel García.

Escudo Nacional

La respuesta de José Gabriel García fue dada de inmediato en su calidad Tesorero Municipal y publicada en la edición del día siguiente (LD – No. 2599).

El historiador, con la inteligencia que le caracteriza, deja a la ciudadanía en la libertad de interpretar la legitimidad de las diferentes versiones del escudo que por más de cuatro décadas se utilizaban en el país, tomando en consideración que, aunque contenían algunos de sus elementos, no se correspondían con las Armas Nacionales descritas en la Constitución de la República.

En los primeros sesenta y nueve años de la República tuvieron que sucederse más de veinte diseños básicos en el Escudo Nacional, hasta que el presidente interino monseñor Adolfo A. Nouel, a propuesta del secretario de estado de relaciones exteriores Casimiro N. de Moya, decidiera por decreto del 6 de febrero de 1913 la necesidad de “determinar una forma para el escudo de armas, así como los colores fijos para el mismo y para la bandera nacional”.

Aunque ese decreto suministra “explicaciones” para el dibujo del escudo y establece un modelo a seguir, se quedaron sin definir algunos de sus elementos, por lo que durante casi todo el Siglo XX se continuó con el diseño antojadizo del símbolo patrio. Cada institución oficial, persona privada o imprenta, se confería la licencia de establecer sus gustos y pericias en las características del escudo de nuestro país.

Escudo Nacional de la Republica Dominicana-10.jpg

La falta de simetría en las cintas del Escudo Nacional en las monedas de 1978 a 1981 y la gran diversidad de sus diseños en los billetes de la República nos motivaron a realizar una interesante investigación que dio como resultado la integración de una bella colección de sus modelos principales a través de la historia del país. A fin de facilitar el conocimiento y difusión del trabajo realizado, en el año 1982 recurrimos a la maestría de
los jóvenes pintores Luis Aguavivas y Roberto Lantigua, para que reprodujeran en tela la “Colección Evolución del Escudo Nacional”, exhibida en febrero de 1983 en el Banco Central de la República Dominicana Dominicana, en ocasión de la celebración del septuagésimo aniversario del decreto de Monseñor Nouel, conjuntamente con la colección del mismo tema realizada por el general Ramiro Matos González. El Dr.
Octavio Amiama Castro preparó el catálogo de la exposición y don Rubén Lorenzo, de Fotomecánica y Dibujos, nos ayudó en la elaboración de la versión a líneas del escudo que se utilizaría a partir de entonces en las monedas de nuestro país.

El éxito alcanzado por la exposición en el Banco Central motivó a que fuera trasladada a varias ciudades e instituciones del país para su exhibición, entre las que se destacaron la Gobernación Provincial de la Ciudad de Santiago; la Universidad Tecnológica Atlántica, de Puerto Plata; el Instituto Vegano de Cultura, de la Vega; y finalmente fue expuesta y
adquirida por el Palacio Nacional, en cuyo Salón de Consejo de Gobierno aún permanece el modelo principal del Escudo Nacional que realizáramos siguiendo las pautas establecidas en el decreto de 1913 y que sirvió de base para los diseños de las monedas y algunos billetes emitidos a partir de 1983. Ese escudo fue minuciosamente estudiado por el Museo Nacional de Historia y Geografía en lo referente a sus “aspectos legales y las reglas establecidas por la ciencia heráldica que conforman nuestro Escudo Nacional a color” y recomendado para su adopción a la Presidencia de la República, mediante oficio de fecha 3 de diciembre de 1986, firmado por su entonces director, el Lic. José Chez Checo.

Como hemos podido observar, en el ámbito legal, el decreto del presidente Nouel es la única pieza que se ocupa de establecer normas para el diseño del Escudo Nacional, en tanto que nuestra Constitución y sus reformas siempre han tratado de forma muy superficial el trazado y regularización de nuestros símbolos patrios. Esa superficialidad puede observarse en las reformas constitucionales que han establecido algunos cambios de sus elementos, detalladas a continuación (Referencia: Ramiro Matos González, Banderas y Escudos Dominicanos, Santo Domingo, República Dominicana, 1981):

Constitución 1844 – Artículo 195
Las armas de la República Dominicana son: una cruz, a cuyo pie está abierto el libro de los Evangelios, y ambos sobresalen de entre un trofeo de armas, en que se ve el emblema de la libertad, enlazado con una cinta en qué va la siguiente divisa: Dios, Patria y Libertad, República Dominicana.

Constitución 1854 – Artículo 137
El escudo de armas de la República es: una cruz, a cuyo pie está abierto el libro de los Evangelios, y ambos sobresalen de un trofeo de armas, en que se ve el símbolo de la libertad enlazado en una cinta en que va el siguiente lema: Dios, Patria y Libertad.

Constitución 1908 – Artículo 100
El escudo de armas de la República lleva los colores nacionales, en el centro el Libro de los Evangelios, abierto con una cruz encima, surgiendo ambos de entre un trofeo de lanzas y banderas con ramos de laurel y de palma exteriormente y coronado con una cinta en la cual se lee este lema: Dios, Patria y Libertad, y en la base otra cinta con estas palabras: República Dominicana.

Constitución 1916 – Artículo 125                                                                                                           El escudo de armas de la República, lleva los colores nacionales o las líneas horizontales y verticales establecidas por la heráldica, cuando no pueda llevar los citados colores. Tendrá forma de cuadrilongo, con dos pequeños ángulos inferiores y terminado en punta; en el centro el Libro de los Evangelios, abierto en San Juan, capítulo XIII, con una cruz encima, surgiendo ambos de entre un trofeo de lanzas y banderas con ramos de laurel y de palmas, exteriormente, y coronado con una cinta en la cual se lee este lema: “Dios, Patria y Libertad”; y en la base otra cinta con estas palabras: “República Dominicana”. Nota: No entró en vigencia debido a la ocupación militar norteamericana.

Constitución 1924 – Artículo 98
El escudo de armas de la República lleva los colores nacionales, en el centro el Libro de los Evangelios, abierto, con una cruz encima, surgiendo ambos de entre un trofeo de lanzas y banderas con ramos de laurel y de palma exteriormente y coronado con una cinta en la cual se lee este lema: Dios, Patria y Libertad, y en la base otra cinta con estas palabras: República Dominicana.

Constitución 1942 – Artículo 99
El escudo de armas de la República lleva los colores de la bandera nacional, en el centro el Libro de los Evangelios, abierto con una cruz encima, surgiendo ambos de entre un trofeo de lanzas y banderas nacionales sin escudo, con ramos de laurel y de palma exteriormente y coronado con una cinta en la cual se lee este lema: Dios, Patria y Libertad; y en la base otra cinta con estas palabras: República Dominicana. Deberá
tener forma de cuadrilongo, con dos pequeños ángulos inferiores, terminando en punta por la base y dispuesto de modo que si se traza una línea horizontal que una las dos verticales del cuadrilongo, desde donde comienzan los ángulos inferiores, resulte un cuadrado perfecto.

Constitución 1966 – Artículo 96
El escudo de armas de la República tendrá los mismos colores de la bandera nacional dispuestos en igual forma, llevará en el centro el libro de los Evangelios, abierto, con una cruz encima, surgiendo ambos de entre un trofeo integrado por dos lanzas y cuatro banderas nacionales sin escudo, dispuestas a ambos lados; llevará un ramo de laurel del lado izquierdo y uno de palma del derecho, estará coronado por una cinta azul ultramar en la cual se leerá el lema: Dios Patria y Libertad, y en la base habrá otra cinta de color rojo bermellón con las palabras: República Dominicana. La forma del escudo nacional será de un cuadrilongo, con los ángulos superiores salientes y los inferiores redondeados, el centro de cuya base terminará en punta, y estará dispuesto en forma tal que si se traza una línea horizontal que una las dos verticales del cuadrilongo de
donde comienzan los ángulos inferiores, resulte un cuadrado perfecto.

La reforma constitucional realizada en el año 2010 es la única que se refiere aEscudo Nacional
capítulo y versículo en que debe estar abierta la Biblia del Escudo Nacional: “Evangelio de San Juan, capítulo 8, versículo 32”, que dice: “Y conoceréis la verdad, y la verdad os hará libres”, comúnmente considerado como un lema adoptado por la sociedad secreta de Los Trinitarios, fundada por Juan Pablo Duarte el 16 de julio de 1838 con el objetivo de promover nuestra independencia.

Por coincidencia, el capítulo 32 de esa Constitución trata todo lo relativo al Escudo Nacional, como puede verse más adelante (Página 24). La elección del escudo que sirvió de base a la Constitución de 2010 tiene sus antecedentes en diseños utilizados en las monedas y billetes del Banco Central de la República Dominicana y algunos intentos de
regulación de los símbolos patrios que se hicieron entre los años 1982 y 2010. En 2001, la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas dispuso la creación de una “Comisión para la Regulación y Preservación de los Símbolos Patrios”, presidida por el teniente general José Miguel Soto Jiménez, con la participación de representantes de las diferentes ramas de las fuerzas armadas, el general (R) Ramiro Matos González y el autor.

En esa oportunidad fuimos asistidos por el diseñador gráfico Richard Pérez en la preparación de las ilustraciones digitales que presentaríamos a la aprobación de la Comisión. En tanto que en ocasión de la celebración del Centenario de la Regulación del Diseño del Escudo Dominicano, contamos con la colaboración de Francisco E. Soto Ortiz, Daniel González y Ramón A. Cordero, que realizaron algunos ajustes a los trabajos anteriores y prepararon la diagramación del  opúsculo que publicáramos en dicha conmemoración.

Aprovechando aquella efeméride, nos animó el propósito de promover el establecimiento de un modelo único del Escudo Nacional que sirva para todos los organismos del Estado Dominicano. Para lograrlo contamos con el mecenazgo entusiasta del Banco León, que asumió los costos de la publicación de su edición para que llegara a la mayor cantidad posible de instituciones gubernamentales, educativas, publicitarias y ciudadanía en general, con la esperanza de que sea adoptada como una guía práctica
para la correcta representación de nuestro símbolo patrio y sirva de modesta inspiración a nuestras autoridades para el establecimiento definitivo de sus características y usos.

Con esta página  procuramos que cada persona interesada en el Escudo Nacional pueda obtener lo que busca. Desde un recorrido visual por los principales modelos utilizados a lo largo de nuestra historia republicana hasta el dibujo realizado en base al decreto que lo describió en 1913 y que, con algunos ajustes, aparece a partir de la reforma constitucional realizada en el año 2010.

 

 

Blog de WordPress.com.

Subir ↑

A %d blogueros les gusta esto: